Ciencias Sociales y Políticas   

Artículo de Investigación  

 

 

Legalización del aborto en Ecuador, perspectiva crítica

 

Legalization of abortion in Ecuador, critical perspective

 

 

Legalização do aborto no Equador, perspectiva crítica

 

 

 

Yamileth Andrea Arteaga-Alcívar I
yarteaga@itsjapon.edu.ec
https://orcid.org/0000-0003-3946-9642
 
,Lucía Fernanda Begnini-Domínguez II
lbegnini@itsjapon.edu.ec
https://orcid.org/0000-0001-5352-1545
 

 

 

 

 

 

 

 


Correspondencia: yarteaga@itsjapon.edu.ec

 

         *Recibido: 29 de mayo del 2022 *Aceptado: 02 de junio de 2022 * Publicado: 27 de julio de 2022

 

       I.          Instituto Superior Tecnológico Japón, Ecuador.

     II.          Instituto Superior Tecnológico Japón, Ecuador.

 

 

 

 

 

 

 

Resumen

En el siguiente artículo, se busca analizar la problemática de la legalización del aborto desde una perspectiva política y social, enfocada en la imparcialidad que exige el tema, partiendo de bases legislativas, y de derechos humanos, para la identificación de las causas y la raíz del problema. Razón por la cual, se hace uso de la herramienta de investigación de redes de política, en donde se toman en cuenta a los actores políticos involucrados, y su incidencia, profundizando (de una forma secuencial) en los procesos en los que ambas partes tuvieron participación y se enfrentaron, como: en las demandas de las Organizaciones sociales, y la lucha por los derechos de la mujer ante la Corte Constitucional del Ecuador.

Posteriormente se empleó un enfoque metodológico cualitativo, enfocado en un estudio descriptivo fundamentado en el análisis documental y en la revisión bibliográfica de diferentes textos académicos, artículos de periódicos y de revistas, de autores expertos en materia de políticas públicas, entre otros, describiendo así conceptos que propiciaron el desarrollo de la investigación. Infiriendo conclusiones tales como: la legalización del aborto, al igual que otras problemáticas de índole social, son temas que deben ser abordados desde la agenda política del Estado, que además de brindar soluciones, responda a las Organizaciones sociales.

Palabras claves: Legalización del aborto; Corte Constitucional del Ecuador; redes de política; Gobierno; normas.

 

Abstract

The following article seeks to analyze the problem of the legalization of abortion from a political and social perspective, focusing on the impartiality required by the issue, starting from legislative and human rights bases, to identify the causes and root causes of the problem. For this reason, use is made of the research tool of political networks, where the political actors involved and their incidence are taken into account, delving (in a sequential manner) into the processes in which both parties participated and confronted each other, such as: the demands of social organizations, and the struggle for women's rights before the Constitutional Court of Ecuador.

Subsequently, a qualitative methodological approach was used, focused on a descriptive study based on documentary analysis and bibliographic review of different academic texts, newspaper and magazine articles, expert authors on public policies, among others, thus describing concepts that led to the development of the research. Inferring conclusions such as: the legalization of abortion, as well as other social problems, are issues that must be addressed from the political agenda of the State, which in addition to providing solutions, responds to social organizations.

Key words: Abortion legalization; Ecuador Constitutional Court; policy networks; Government; norms.

 

Resumo

No artigo a seguir, buscamos analisar o problema da legalização do aborto sob uma perspectiva política e social, com foco na imparcialidade que o assunto exige, a partir das bases legislativas, e dos direitos humanos, para a identificação das causas e da raiz . do problema. Por isso, utiliza-se a ferramenta de pesquisa em rede de políticas, onde são considerados os atores políticos envolvidos e sua incidência, aprofundando-se (de forma sequencial) nos processos em que ambas as partes tiveram participação e embate, tais como: na demandas de organizações sociais e a luta pelos direitos das mulheres perante a Corte Constitucional do Equador.

Posteriormente, foi utilizada uma abordagem metodológica qualitativa, focada em um estudo descritivo baseado em análise documental e revisão bibliográfica de diferentes textos acadêmicos, artigos de jornais e revistas, de especialistas em políticas públicas, entre outros, descrevendo assim conceitos que facilitaram o desenvolvimento da pesquisa. Inferir conclusões como: a legalização do aborto, assim como outros problemas de cunho social, são questões que devem ser abordadas a partir da agenda política do Estado, que além de dar soluções, responde às organizações sociais.

Palavras-chave: Legalização do aborto; Tribunal Constitucional do Equador; redes políticas; Governo; normas.

 

Introducción

Según datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS) (2022), cada año se produce más de 25 millones de abortos no seguros a nivel mundial, y acorde a las declaraciones del Director interino de Salud Sexual y Reproductiva e Investigaciones Conexas de la OMS, “casi todas las muertes y lesiones resultantes del aborto no seguro son totalmente evitables. Por eso recomendamos que las mujeres y las niñas puedan acceder a servicios de aborto y planificación familiar cuando los necesiten”.

Con este preámbulo, lo suscitado el 28 de abril del 2021 en Ecuador, alude a una lucha de grupos feministas, que desde hace décadas buscaban la despenalización del aborto, no obstante, fue hasta el 30 de julio de 2019 que las representantes de la Coalición Nacional de Mujeres del Ecuador, la Fundación Desafío y del Frente Ecuatoriano por la Defensa de los Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos, presentaron ante la Corte Constitucional del país, una acción de inconstitucionalidad en contra de los artículos 149 y 150 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), aquella causa fue registrada con el número 34-19-IN/21. Esta causa abrió camino a las siguientes 6 demandas de inconstitucionalidad que coadyuvaron a que el problema índole social se ubicará en la agenda pública, pero ¿cómo se manejó el discurso?

Para Foucault (1970), el discurso está configurado por sistemas de exclusión y control, que pueden ser considerados adversos para el poder, porque interviene como operador de prohibiciones, y no sólo como “sistemas de dominación” sino más bien “la lucha del poder del que quiere adueñarse”. En tal sentido, se entiende como discurso a la imposición de ideologías para representar eventos, así en una entrevista realizada por diario El Comercio (2021) a la activista Virginia Gómez de la Torre, médica reconocida a favor del aborto, ella señaló “despenalizar el aborto por violación era para nosotras algo tan básico y demostrable. Ha sido un horror que las niñas y las mujeres sean obligadas a parir hijos de sus violadores. Yo sinceramente pensé en la Asamblea Nacional respondería, pero tiene una composición de personas muy diferentes. He visto que la Corte Constitucional este día actuó como un organismo técnico, que debe interpretar leyes y derechos”.

En relación a lo expuesto, para Foucault (1970) existen discursos más controversiales que otros, y que generan más control, como la sexualidad y la política, en donde está última actúa sobre la primera como un poder de autoridad. Análogamente, Subirats (1992, 52) plantea que “muchas veces la consideración de issue (tema) depende de una previa batalla por la definición del problema entre los distintos actores presentes”, es así que podemos inferir que muchos problemas no llegan a formar parte de la acción de los poderes públicos por una falta de voluntad política,  legislación que consienta la acción, o de una apropiada presión por parte de los sectores implicados o de los medios de comunicación.

 

Metodología

En la presente investigación se desarrolló un estudio descriptivo, que de acuerdo con (Sampieri, Fernández, & Baptista, 2014, pág. 92) “busca especificar propiedades y características importantes de cualquier fenómeno que se analice. Describe tendencias de un grupo o población” de corte cualitativo, por cuanto, “utiliza la recolección y análisis de los datos para afinar las preguntas de investigación o revelar nuevas interrogantes en el proceso de interpretación” (Sampieri, Fernández, & Baptista, 2014, pág. 7), fundamentado en el análisis documental y en la revisión bibliográfica de diferentes textos académicos, artículos científicos, entre otros, que admite la interpretación del marco normativo del aborto en el país, así como la resolución de la Corte Constitucional, enfocado en las redes de política, que consiente en identificar a los actores involucrados, permitiendo inferir su grado de influencia en las decisiones políticas-gubernamentales. 

 

Resultados

Problema público como consecuencia de actores privados

Para autores como Subirats, Knoepfel, y otros (2008) los actores son definidos a través del triángulo de base, el mismo que lo conforman: las autoridades político-administrativas, los grupos objetivo y los beneficiarios finales. En donde el grupo-objetivo está integrado por actores privados, quienes son “la causa directa (o indirecta) del problema colectivo que la política pública intenta resolver”. Por ende, la política pública es el efecto de una interacción entre múltiples actores que buscan afectar el proceso político en una dirección providencial a sí mismos.

Razón por la cual, cuando un “Estado penaliza o sanciona determinada conducta es porque considera que lesiona un bien jurídico protegido y además tiene por finalidad la protección de otros derechos” (Proaño, Masabanda, & Santamaria, 2021, pág. 536). Además cabe señalar, que la penalización del aborto según el criterio de los legisladores era necesaria para garantizar el derecho a la vida, desde la concepción.

En el mismo orden de ideas, en los antecedentes y procedimiento de la sentencia emitida por la Corte Constitucional del Ecuador (2021) respecto al análisis de la constitucionalidad de los artículos 149 y 150 del COIP en relación a la penalización del aborto consentido en casos de mujeres víctimas de violación, se puede observar que desde la primera acción de inconstitucionalidad, intervinieron diversos grupos de interés para colocar el problema en la agenda institucional, por medio de estrategias como: la movilización o iniciativa externa, que es cuando el problema social llega a la agenda mediante la presión de determinados grupos, con el objeto de que sus peticiones sociales sean atendidas; y la oferta política o competencia electoral, en donde varias entidades gubernamentales, cuyas competencias involucraban temas de violencia de género, defensa de derechos individuales y colectivos, entre otros,  intervinieron.

La actividad de los grupos de presión y/o de los (nuevos) movimientos sociales […] Presentándose como defensores de intereses sociales […] atraer a la opinión pública y la atención de los actores político-administrativos hacer problema social que pretenden que sea objeto de intervención por parte de los poderes públicos (Subirats, Knoepfel, Corinne, & Frederic, 2008, pág. 140).

 

Figura 1: Matriz de actores involucrados

FECHA

ACTORES

PROCESO

·                                                                                      30 de julio de 2019

·                                                                                      Miriam Elizabeth Ernest Tejada, Olga Virginia Rosalía Gómez de la Torre Bermúdez y Katherine Alexandra Obando Velásquez, representantes de la Coalición Nacional de Mujeres del Ecuador, la Fundación Desafío y del Frente Ecuatoriano por la Defensa de los Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos.

Causa No. 34-19-IN. - Acción de inconstitucionalidad en contra de los artículos 149 y 150 del Código Orgánico Integral Penal (“COIP”).

 

·                                                                                      10 de noviembre de 2020

·                                                                                      Ana Cristina Vera Sánchez, representante legal del Centro de Apoyo y Protección de los Derechos Humanos SURKUNA; Vivian Isabel Idrovo Mora; Lina María Espinosa Villegas, por sus propios derechos, coordinadora legal de la organización internacional no gubernamental Amazon Frontlines; Sylvia Bonilla Bolaños, presidenta de la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos CEDHU; Rosa López Machuca, coordinadora del Movimiento de Mujeres del Oro; y, Ana Gómez Alonso, presidenta de la Fundación Lunita Lunera.

Causa No. 105-20-IN.- Acción de inconstitucionalidad en contra del numeral 2 del artículo 150 del COIP, con solicitud de medidas cautelares.

·                                                                                      18 de noviembre de 2020

·                                                                                      Mayra Cristina Cachaguay Obando, presidenta de la organización Mujeres por el Cambio; María Fernanda Chalá Espinoza, Doménica Camila Aguirre Macas,  Catherine Mayte González Silva, y Edgar Paúl Jácome Segovia, director ejecutivo de la Fundación Kintiñan para la Defensa de los Derechos Humanos y la Naturaleza en el Ecuador.

Causa No. 109-20-IN. - Acción de inconstitucionalidad en contra del numeral 2 del artículo 150 del COIP.

 

·                                                                                      El 10 de diciembre de 2020

·                                                                                      Nidia María Solís Carrión, Coordinadora del Cabildo de las Mujeres del cantón Cuenca, y Johanna Melyna Romero Larco y Milton David Salazar Páramo, miembros de BOLENA Género y Diversidades.

Causa No. 115-20-IN. - Acción de inconstitucionalidad en contra del numeral 2 del artículo 150 del COIP.

·                                                                                      11 de marzo de 2021

·                                                                                      Freddy Vinicio Carrión Intriago, Defensor del Pueblo; Dayana Ávila Benavidez, Coordinadora Nacional de Derechos Humanos y de la Naturaleza de la Defensoría

del Pueblo; Harold Andrés Burbano Villarreal, Coordinador Nacional de Protección de Derechos Humanos y de la Naturaleza de la Defensoría del Pueblo de Ecuador; y, Ximena del Pilar Cabrera, Directora Nacional del Mecanismo para la Prevención de la Violencia contra las mujeres y basada en género de la Defensoría del Pueblo.

Causa No. 23-21-IN. - Acción de inconstitucionalidad en contra del numeral 2 del artículo 150 del COIP.

 

·                                                                                      22 de marzo de 2021

·                                                                                      Lita Martínez Alvarado, en calidad de directora ejecutiva del Centro Ecuatoriano para la Promoción y Acción de la Mujer (CEPAM).

Causa No. 25-21-IN.-  Acción de inconstitucionalidad en contra del numeral 2 del artículo 150 del COIP.

·                                                                                      08 de abril de 2021

María Dolores Miño Buitrón, directora ejecutiva del Observatorio de Derechos y Justicia, Mónica Banegas Cedillo, cofundadora de la Red de Mujeres Constitucionalistas del Ecuador, y Daniela Alejandra Sánchez Sevilla, María Paula Marroquín Ruiz, María Doménica Rodríguez Ramos, Isabella María Palacios Ordoñez, Astrid Alejandra Cabrera Triviño, Aury Sofía Villavicencio Galarza y María Carolina Ruiz Duque.

Causa No. 27-21-IN. - Acción de inconstitucionalidad en contra del numeral 2 del artículo 150 del COIP.

Nota. Elaboración propia en base a Sentencia No. 34-19-IN/21 y acumulados 2021, Corte Constitucional del Ecuador (2021).

 

Enfoque de redes para la elaboración de políticas públicas

Heclo (1978) y Knoke (1993), permiten identificar 3 tipos de redes: triángulo de hierro, redes de asunto y redes de política. Para Heclo, los triángulos de hierro son estructuras fuertes, pero a la vez informales donde se enlazan el Gobierno, Comités del Congreso, y grupos de interés (estos pueden perder o ganar una intervención); se pueden concebir como un subgobierno, que supone un pequeño número de participantes que han podido convertirse en entidades autónomas, los participantes son fijos, su capacidad de injerencia les facilita la producción de políticas públicas, el aislarse de fuerzas externas, y controlar programas públicos bastantes estrechos y reducidos, pero que guardan relación directa con los intereses económicos de cada una de las partes que conforman la alianza.

A diferencia de los triángulos de hierro, las redes de asuntos son abiertas, incluyen una gran número de participantes que tienen muy diversos grados de compromisos mutuo o independencia de los demás, de hecho es casi imposible decir dónde acaba una red y donde empieza su entorno, puesto que, los participantes entran y salen constantemente de las redes, más que grupos unidos para tener dominio sobre un programa, no hay nadie que de hecho controle las políticas y los problemas, cualquier interés  material inmediato está en segundo plano, lo primero es el compromiso intelectual o emocional.

Acorde a lo expresado anteriormente, las redes de asuntos durante la década de 1980 en el Ecuador estuvieron conformadas por movimientos de mujeres precedidos por Organizaciones no Gubernamentales (ONG´s), grupos feministas, y organismos populares que pese a sus desacuerdos ideológicos, estuvieron unidos por un factor común, como lo fue la violencia intrafamiliar (Valladares, 2003:34), mientras que en la década de 1970 la agenda política en la que trabajaban los grupos de mujeres estaba relacionada a problemas de salud reproductiva, escasa participación social y política, además de la violencia de género,  más adelante, con la intervención del Estado en tema de derechos, se produjeron avances significativos, sin embargo,  el aborto terapéutico, se planteó como tema de interés que debía ser incluido en el Código Penal (Jiménez, 2019).

Para el año de 1990, se dio un crecimiento en las organizaciones de mujeres, sobre todo de sectores populares, pero, no había un movimiento consolidado como tal. Santillana y Aguinaga (2012) citando a Rodas manifiestan que:

En los noventa se crean las primeras organizaciones nacionales de mujeres, se ratifican convenios internacionales que promueven los derechos de las mujeres, se expiden leyes a favor de ellas: Ley contra de Violencia (1995), Ley de Amparo Laboral (1997) que evolucionó hacia la reforma de la Ley Electoral, más conocida como la Ley de Cuotas y la Ley de Maternidad Gratuita (1998:8-9) (Jiménez, 2019, pág. 30).

En el año 2004, se realizó un proyecto de prevención de la violencia sexual y embarazos no deseados, este hecho abrió pasó a la comercialización de la píldora anticonceptiva (PAE) en el mercado nacional, lo que desencadenó la controversia pública y política de los embarazos no deseados entre los grupos pro elección y grupos provida, y propició la creación de nuevas organizaciones en ambos gremios.

Paralelamente, otros autores como (Knoke, 1993, pág. 164) “ofrece una explicación exhaustiva de la actividad política y sus consecuencias”, mediante las redes se conciben cómo las interacciones sociales pasan de lo social a lo político, y se transforman en redes de asuntos. Para este autor las relaciones sociales entre actores están determinada por el poder político del que hace referencia Foucault, pero incluye conceptos dicotómicos como la influencia y dominación.

En el primer concepto, el actor transmite expresamente información a otro que afecta las acciones de este último en relación a lo que sucedería sin esa información. La influencia opera principalmente mediante la persuasión (Knoke, 1993, pág. 166). Mientras que el segundo concepto, es una relación de poder en la que un actor interviene en el comportamiento de otro actor brindándole o negándole algún beneficio o perjuicio, expresado de otro modo, una sanción que puede ser una recompensa o una pena. La dominación opera especialmente mediante la coerción (Knoke, 1993, pág. 166).

Concatenada mente, en el año 2008 se visibilizó el debate del aborto en la Constitución del 2008, pero en la Constituyente de 1998, el debate no se produjo de manera abierta, ya que las organizaciones de mujeres temían que se perdiera terreno en función de los derechos ganados.

He aquí, un claro ejemplo de influencia y dominación, en donde existe un canal de comunicación entre el influenciador potencial (El Gobierno), y el influenciado (Organizaciones de mujeres).

Quienes estaban en la lucha por la despenalización del aborto eran en su mayoría jóvenes y entre esas organizaciones está “Coalición por la despenalización del aborto”, que desde fuera del aparato estatal se hicieron escuchar, aunque no con el impacto que hubiesen anhelado. Manifiesta que la dificultad al analizar el discurso del movimiento de mujeres, es la heterogeneidad y la diversidad de ideologías. En la escena política actual, especialmente en la Asamblea, el aborto ha estado trabado por discursos dogmáticos, respaldados especialmente por la Iglesia, lo cual ha hecho imposible para que colectivos feministas planteen el aborto (2009) (Jiménez, 2019, pág. 28).

Finalmente, Bogason (2006) en su artículo Manual de Políticas Públicas establece dos modelos para el análisis de políticas públicas, así tenemos:

Modelo racional. – En este los líderes tienen el control en la cúspide de la organización, desde donde pueden diseñar los procesos deseados para obtener los objetivos de la organización.  Se sustenta en la capacidad de producir conocimientos apoyados en la ciencia, y en el proceso de elaboración de políticas con el fin de potenciar las opciones ilustradas dentro de un sistema global, para evitar la elaboración de políticas incrementales. Acorde a Yehezkel Dror (1968), para que el modelo racional sea óptimo deberá constar de tres etapas que son la elaboración de meta políticas (contiene siete fases de procesamiento de valores, procesamiento de la realidad, procesamiento de los problemas, desarrollo de recursos, diseño del sistema de elaboración de políticas, asignación de problemas, valores y recursos y, por último, determinación de la estrategia de elaboración de políticas); la elaboración de políticas (implica siete ciclos de subasignación de recursos, elaboración y priorización de objetivos operativos, lo mismo para otros valores significativos, preparación de un conjunto de políticas alternativas importantes (incluidas algunas "buenas"), predicción de los beneficios y costes de esas políticas, identificación de las mejores políticas a la luz de las mismas y, a continuación, decisión de si las mejores alternativas son "buenas" políticas ); y la elaboración de postpolíticas (plantea la ejecución de la política, y la evaluación de los resultados). Para Dror los políticos controlan la meta-elaboración de las políticas, es decir, los burócratas proporcionan a los políticos la documentación de cualquier declaración verificable, y corroboran que toda la información sea examinada, los políticos son controlados por los votantes, así el modelo racional debe emplearse en un entorno pluralista.

Resuelven los problemas basándose en la autoridad de los expertos, es decir, en el conocimiento tecnocrático, según la forma en que los políticos permiten que se exprese.

Modelo de ajuste mutuo. – Se ocupa de las características empíricas del proceso de la política en un entorno político. La información producida en el proceso de análisis de la política, según Charles E. Lindblom, tiene tanto valor como la producida por otros expertos e investigadores. Resuelven los problemas basándose en la autoridad de los acuerdos alcanzados entre las partes interesadas, en el conocimiento, demos, dependiendo de cómo pueda expresarse. El modelo de ajuste mutuo es de interacción, pero el número de actores es abierto, dependen de los procedimientos democráticos de la sociedad; demanda un sistema político y sociedad pluralista que permita que diversos intereses sociales entren en los procesos de elaboración de políticas y participen con perspectiva de ganar atención e influencia de vez en cuando.

El llegar a proponer la despenalización del aborto en el país ha constituido una tarea ardua, como hemos podido leer, para llegar a presentar una acción de inconstitucionalidad y que esta sea aprobada, fueron muchas las luchas realizadas, acorde a los dos modelos que propone Bogason, inicialmente el poder Legislativo controlaba la meta-elaboración de las políticas, después cuando el problema nuevamente se volvió mediático, este se resolvió basado en la autoridad de los acuerdos alcanzados entre las partes involucradas, en el conocimiento, demos, expresado por medio de la Corte Constitucional, que decidió quitar la frase “persona con discapacidad mental” del numeral 2 del artículo 150 del COIP, quedando así el aborto por violación despenalizado.

Art. 150.- Aborto no punible. - El aborto practicado por un médico u otro profesional de la salud capacitado, que cuente con el consentimiento de la mujer o de su cónyuge, pareja, familiares íntimos o su representante legal, cuando ella no se encuentre en posibilidad de prestarlo, no será punible en los siguientes casos:

1. Si se ha practicado para evitar un peligro para la vida o salud de la mujer embarazada y si este peligro no puede ser evitado por otros medios.

2. Si el embarazo es consecuencia de una violación en una mujer que padezca de discapacidad mental (Asamblea Nacional del Ecuador, 2014).

El aborto está ligado a la mujer, sus derechos, y, por ende, obligaciones a las que se encuentra sujeta según la Ley, lo que inicialmente representó un tabú para los grupos conservadores, es ahora una realidad para quienes ven en su legalización en casos de violación, la respuesta a los miles de abortos clandestinos, y la muerte de mujeres por esta causa. A continuación, se muestra en la figura 1, la cantidad de atenciones en salud sexual y reproductiva en Ecuador, en el sistema público desde el 2019- 2020:

 

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Figura 2: Atenciones en salud sexual y reproductiva en Ecuador en el sistema público

 

En Ecuador el 7,5% de embarazos (que no se dan por violaciones) en menores de 15 años finalizan en aborto, representando la cifra más alta del grupo etario de mujeres hasta 24 años. Estos indicadores establecen que las probabilidades de que las mujeres menores de 15 años pasen por un aborto sea mayor  (El Universo, 2020).

           

Conclusión

Por último, al ser el aborto un problema que atañe a los gobiernos, es indispensable que el tema sea abordado desde la raíz que es la educación, y a través de los servicios de salud sexual y reproductiva, conociendo los antecedentes históricos, y de lucha en nuestro país, el tema pasó inadvertido en la agenda política, por intereses políticos e ideológicos de facto, lo que es una muestra clara de que los problemas no llegan a la agenda pública porque el Gobierno no presta atención a los temas cruciales o lo hace por un tiempo limitado. En el contexto ecuatoriano, el pensamiento del expresidente Rafael Correa, era de que existían principios que no se rompían, y el defender la vida desde la concepción, manifestando así que solo se aprobaría lo que estaba integrado en el COIP, Enríquez (2015), muestra en el siguiente extracto un discurso político pronunciado por Correa en la inauguración de la Asamblea Nacional Constituyente en el 2008:

Jamás he entendido propuestas como "mi cuerpo, mi elección", cuando es claro que el embrión, feto o bebé que una madre porta ya no es parte de su cuerpo, y nadie tiene derecho a decidir sobre esa nueva vida. Por ello, por mi formación humanista y cristiana, en caso de que la nueva Constitución apruebe la eutanasia prenatal, más allá de lo que ya está estipulado en los códigos actuales, precisamente por cuestión de conciencia, sería el primero en votar no en el referéndum aprobatorio (Enríquez, 2015: 76) (Jiménez, 2019, pág. 59).

Hoy por hoy, los actores de un dominio de la política usan sus relaciones con otros actores para adquirir suficiente influencia y dominio de los recursos para presionar a las autoridades encargadas de decidir sobre un evento de la política con la intención de incrementar las posibilidades que estas autoridades decidan a favor delos intereses de los actores.

Las redes de políticas afectan las percepciones, las creencias y las acciones de los actores, permitiendo así, explicar las fuentes de la acción social.

 

Referencias

1.     Asamblea Nacional del Ecuador. (10 de Febrero de 2014). Código Orgánico Integral Penal . Obtenido de https://www.defensa.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2018/03/COIP_feb2018.pdf

2.     Bogason, P. (2006). Networks and Bargaining in Policy Analysis. (G. Peters, & J. Pierre, Edits.) London: SAGE Publications.

3.     Corte Constitucional del Ecuador . (28 de Abril de 2021). Sentencia No. 34-19-IN/21 Y ACUMULADOS. Obtenido de http://esacc.corteconstitucional.gob.ec/storage/api/v1/10_DWL_FL/e2NhcnBldGE6J3RyYW1pdGUnLCB1dWlkOidiZGE2NDE0YS1jNDI1LTQzMGMtYWViNi1jYjY0ODQ1YTQ2NWUucGRmJ30=

4.     El Comercio . (28 de Abril de 2021). En Ecuador, mujeres aplauden despenalización de aborto por violación y recuerdan el camino recorrido y lo que falta. págs. 1-3. Obtenido de https://www.elcomercio.com/tendencias/sociedad/ecuador-mujeres-despenalizacion-aborto-violacion.html

5.     El Universo. (13 de Diciembre de 2020). Abortos inseguros, aumento de violaciones y embarazos adolescentes, secuelas de la pandemia en Ecuador. págs. 1-5. Obtenido de https://www.eluniverso.com/noticias/2020/12/13/nota/8078953/abortos-inseguros-violaciones-embarazo-adolescente-covid-19-ecuador/#:~:text=El%207%2C5%20%25%20de%20embarazos,mujeres%20de%20hasta%2024%20a%C3%B1os.&text=Adem%C3%A1s%2C%20existe%20un%20aumento%2

6.     Foucault, M. (1970). El Orden del Discurso. Buenos Aires : Fabula Tuquets editores. Obtenido de https://octavioislas.files.wordpress.com/2014/08/foucault_michel_el_orden_del_discurso_2005.pdf

7.     Foucault, M. (1976). Las Redes del Poder . Obtenido de http://www.lite.fe.unicamp.br/papet/2002/fe190d/texto05.htm

8.     Heclo, H. (1978). Las redes de asuntos y el poder ejecutivo.

9.     Jiménez, V. (2019). Discurso político sobre la despenalización del aborto en casos de violación. Obtenido de http://www.dspace.uce.edu.ec/bitstream/25000/19266/1/T-UCE-0013-CSH-132.pdf

10.  Knoke, D. (1993). Networks as political glue. Londrés: Sociology and the Public Agenda. doi:http://dx.doi.org/10.4135/9781483325484.n9

11.  Organización Mundial de la Salud (OMS). (9 de Marzo de 2022). El acceso al aborto seguro es fundamental para la salud de las mujeres y las niñas. Obtenido de https://www.who.int/es/news/item/09-03-2022-access-to-safe-abortion-critical-for-health-of-women-and-girls

12.  Proaño, M., Masabanda, Y., & Santamaria, J. (Noviembre de 2021). Aborto en el Ecuador: Análisis de la sentencia No. 34-19-IN/21. Sociedad & Tecnología , 4(S2), 529-545. Obtenido de https://www.academia.edu/60567020/Aborto_en_el_Ecuador_An%C3%A1lisis_de_la_sentencia_No_34_19_IN_21

13.  Sampieri, R., Fernández, C., & Baptista, P. (2014). Metodología de la investigación (Sexta ed.). México D.F.: McGraw Hill Education.

14.  Subirats, J. (1992). Análisis de políticas públicas y eficacias de la Administración. Madrid, España: Ministerio para las Administraciones Públicas. Obtenido de https://www.fundacionhenrydunant.org/images/stories/biblioteca/Politicas-Publicas/QL-J7mu21lL.pdf.pdf https://www.fundacionhenrydunant.org/images/stories/biblioteca/Politicas-Publicas/QL-J7mu21lL.pdf.pdf

15.  Subirats, J., Knoepfel, P., Corinne, L., & Frederic, V. (2008). Ánalisis y gestión de políticas públicas . Barcelona: Ariel, S.A.

 

 

 

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