Ciencias de la educación
Artículo de investigación
La educación inclusiva y su desarrollo en América Latina y el Caribe
Inclusive education and its development in Latin America and the Caribbean
Educação inclusiva e seu desenvolvimento na América Latina e no Caribe
Bethy Elizabeth Anchundia-Morales I
https://orcid.org/0000-0002-6723-5096
Recibido: 29 de septiembre de 2019 *Aceptado: 25 de octubre de 2019 * Publicado: 10 de diciembre de 2019
I Licenciada en Ciencias de la Educación Mención Educación Inicial, Docente de Apoyo a la Inclusión (UDAI), Unidad Educativa Santa Ana de Cotacachi, Cotacachi, Ecuador.
Resumen
Haciéndose una reflexión en este trabajo sobre la controvertida, pero importante enseñanza inclusiva, la que data desde tiempos milenarios, se precisa una revisión de las Declaraciones o Documentos Internacionales que abogan de manera certera por este tipo de enseñanza; donde los grupos excluidos a la enseñanza normal tienen la oportunidad y la ventaja de participación junto a otros alumnos en la misma aula de clases; es abordado la diferencia entre enseñanza especial - integradora e inclusiva; términos que han constituido fuentes poderosas de debates entre los estudiosos y defensores del tema; concluyéndose con las Políticas Públicas dictadas por algunos estados de América Latina y el Caribe.
Palabras claves: Educación especial; educación integradora; educación inclusiva; inclusiva educación.
Abstract
Making a reflection in this work on the controversial, but important inclusive education, which dates back to millenarian times, a revision of the International Declarations or Documents that advocate this type of teaching is required; where groups excluded from normal education have the opportunity and the advantage of participation with other students in the same classroom; the difference between special education - inclusive and inclusive is addressed; terms that have been powerful sources of debate among scholars and advocates; concluding with the Public Policies dictated by some states of Latin America and the Caribbean.
Key words: Special education; integrative education; inclusive education; inclusive education.
Resumo
Fazendo uma reflexão neste trabalho sobre a controversa, mas importante educação inclusiva, que remonta aos tempos milenares, é necessária uma revisão das Declarações ou Documentos Internacionais que defendem esse tipo de ensino; onde grupos excluídos da educação normal têm a oportunidade e a vantagem de participar de outros alunos na mesma sala de aula; a diferença entre educação especial - inclusiva e inclusiva é abordada; termos que têm sido fontes poderosas de debate entre estudiosos e advogados; concluindo com as políticas públicas ditadas por alguns estados da América Latina e do Caribe.
Palavras-chave: Educação especial; educação integrativa; educação inclusiva; educação inclusiva.
Introducción
La Educación de todos los niños está imbricada, dentro de los Derechos Humanos con una real igualdad de oportunidades para todos; infiriendo que la inclusión educativa, está conceptualizada por la UNESCO como, Cito (…) ¨el proceso de identificar y responder a la diversidad de las necesidades de todos los estudiantes a través de la mayor participación en el aprendizaje, las culturas y las comunidades, y reduciendo la exclusión en la educación. Involucra cambios y modificaciones en contenidos, aproximaciones, estructuras y estrategias, con una visión común que incluye a todos los niño/as del rango de edad apropiado y la convicción de que es la responsabilidad del sistema regular, educar a todos los niño/as”: Basándose en el principio de que cada niña está representado por características, intereses, capacidades y necesidades de aprendizaje distintos, comprometiendo a los sistemas educativos a los que están diseñados, y los programas educativos puestos en vigor, así teniendo en cuenta la amplia diversidad de dichas características y necesidades. Por lo que la Inclusión significa posibilitar y beneficiar a todos los estudiantes a participar de lleno y completamente en la vida y el trabajo dentro de las comunidades sin importar, ni tener en cuenta sus necesidades, así como otras condiciones.
La educación inclusiva alcanza un amplio espectro, significando que todos los niña y jóvenes, con y sin discapacidad o dificultades, aprendiendo juntos en las diferentes instituciones educativas regulares, mencionamos; preescolar, colegio/escuela, post secundaria y universidades, teniendo como presupuesto un área de soportes apropiada. Así entonces en nuestra reflexión el concepto de inclusión contempla estrategias y políticas educacionales diferenciadas y complementarias que asegura de forma integral a niña a los sistemas educativos, con la inferida capacidad de dar respuesta a la diversidad; expectativas y particularidades de los docentes; estudiantes y familiares (UNESCO, 2006), (Claro, 2007)
En la Convención sobre los Derechos de las PcD o personas con discapacidad), promulgó en su artículo 24, establecer que los Estados Parte: Cito (…), “Asegurarán un sistema de Educación Inclusivo a todos los niveles; a fin de hacer posible que las personas con discapacidad participen de manera efectiva en una sociedad libre”: Entendiéndose como un principio muy evidente y rector destinado al alcance de niveles deseables de resultados e integración escolar de todos los estudiantes; pues supone la formulación e implementación de estrategias de aprendizaje que den adecuadas respuestas a la diversidad del alumnado, que generan las bases de una educación con las mismas oportunidades para los niñas y adolescentes con discapacidad (Consejo Nacional para el desarrollo y la inclusión de las personas con Discapacidad. México., 2015).
Asumimos entonces el planteamiento para buenas escuchas que existen marcadas diferencias entre integración, educación especial e inclusiva: Entendiéndose por la primera; aquellos alumnos con NEE que no tenían espacio en el sistema educativo regular; cambiando esto con el surgimiento de la educación especial, que propuso incorporarlos a la escuela regular con la creación de aulas de apoyo y centrando actualmente toda su atención en los profesionales capaces de dedicarse y atender las necesidades de estos aprendices sumamente especiales; naciendo entonces la Educación integradora; con acciones dirigidas y orientadas al aprendiz con NEE al sistema educativo, regular no cambiando el sistema; aunque no fue del todo negativo, provocando el abandono de la idea que las escuelas regulares no podían asimilar a alumnos diferentes; esto propicia la necesidad de establecer condiciones para recibirlos; estos que estaban totalmente excluidos del sistema escolar regular hallaron una vía de entrada, un tanto insuficiente en su inicio, pero un comienzo para la inclusión.
La Educación Especial; es referida dependiendo del tipo de alumnado con el que se trabaja, es decir, aquellos que presentan necesidades educativas especiales (NEE); entendiéndose tradicionalmente que los alumnos con trastornos y dificultades de aprendizaje, digamos dislexia, discalculia, disgrafía, también los que aprenden más lento que los demás, necesitando un apoyo extra; los autistas, los hiperactivos, los sordos, los ciegos, los parapléjicos, entre otros; teniendo todos una necesidad especial; cabe decir aquellos alumnos manifiesto como discapacitados y que por lo que tienen la necesidad de una atención calificada como extra, diferenciada, que los ayude a encontrar un buen acomodo en las exigencias sociales.
La consideración de la educación inclusiva se diferencia del tradicional de la educación integradora en que este está centrada en el aula y no en el alumno; no tratándose de elaborar planes curriculares personalizados para estos con NEE, sino de proyectar estrategias, creando las condiciones para que el centro educativo reciba a aquel con NEE; no ubicándose al alumno en programas especiales; es incluido en el aula habitual, teniendo como objetivo que este aprenda de los demás y viceversa aprendiendo a ser más tolerantes, solidarios, abiertos a la diferencia (Donoso Figuereido, 2013), (Borges Rodríguez & Orosco Delgado, 2012). (En la tabla 2 se expone las principales diferencias de ambas educaciones)
|
Inclusión |
Integración |
Marco de referencia |
Derechos humanos: todos tienen derecho a ser educados. |
Normalización: adaptar al sujeto al sistema. |
Objeto |
El sistema educativo y el eliminar las barreras de acceso. |
El sujeto con NEE y eliminar sus deficiencias en relación al sistema. |
Principios reguladores |
Equidad, igualdad, cooperación, comunidad, respeto, reconocimiento y valoración de la diversidad. |
Normalización, integración, sectorización, adaptación, competitividad. |
Intervención |
A nivel macro, centrada en la institución educativa. Escuela y comunidad educativa se implican en el proceso |
A nivel micro, centrada en los alumnos con NEE y por ello, requiere de apoyos, recursos y profesionales especiales |
Enfoque |
Participativo y sistémico, orientado a mejorar la calidad educativa de todos los estudiantes. |
Exclusivo, orientado solo cubrir las necesidades de aquel estudiante identificado como deficiente. |
Profesorado |
Responsable de la inclusión de sus alumnos. |
Receptor de las recomendaciones de otros especialistas. |
Necesidades |
De todos, del centro educativo, de la sociedad |
De unos cuantos, clasificados como deficientes. |
Adaptaciones |
Son una respuesta a la diversidad de todos los alumnos. |
Son una respuesta a la deficiencia de un alumno. |
Inserción |
Total. Se comparte espacio y currículo. |
Parcial y condicionada a las características del sujeto. Se comparte el espacio, pero no el currículo. |
Tomado de (Donoso Figuereido, 2013)
Estudiosos expresan constantemente que la educación inclusiva es organizada de forma y manera que sea posible una educación basada en la diversidad, que proporcione respuestas educativas conforme a las necesidades del estudiantado desarrollando propuestas claras que motiven e impulsen la participación de todos, así el aula/clases es convertido en un espacio vital, consecuente, social y didáctico que proyecta con luz propia la cultura, los valores y las metas de las instituciones inmersas en la educación inclusiva, revelando la necesidad importante de la adaptación de la clase con propósitos inclusivos para un mayor y elocuente aprendizaje y participativo de todo el alumnado (Borges Rodríguez & Orosco Delgado, 2012), (Castro Villalobos, Casar Espino, & García Martínez, 2019), (García Sotelo, 2016)
Resumiendo: La inclusión educativa es enfocada a la presencia, la participación; y el rendimiento de todos los alumnos; propiciando la encomienda de loa identificación y revolucionar las barreras que interactúan negativamente con las condiciones personales de los alumnos que son vulnerables al respecto condicionando su presencia, su participación su rendimiento en condiciones de igualdad y respeto.
Desarrollo
Origen de la Educación inclusiva
La educación inclusiva, surge de la pertinente y apropiada demanda de una educación distinta bien pensada para niñas con necesidades educativas especiales; por lo que son de referencia momentos muy reconocidos en este cambio; nos referimos a la educación excluyente de los años 60s, 70s y parte de los 80s, donde la escuela solo educaba a los niñas normales; en ésta etapa las posturas integracionistas de mediados de los años 80s y 90s manifestaron cierto lugar a los actuales movimientos inclusivos.
Tabla 1
Años |
60-80 |
80-90 |
90 - actualidad |
Tipo de educación |
Segregadora |
Integracionista |
Inclusiva |
Tendencia |
Homogeneidad del alumnado (asimila sionista) |
Alguien no encaja y hay que integrarlo al sistema adaptando recursos. |
Modificar el sistema para que todos entren. |
Objeto de la intervención |
Alumnos normales (se excluye a los diferentes) |
Alumnos con necesidades educativas especiales |
Todos los alumnos |
Tomado de (Donoso Figuereido, 2013)
La Labor con las NEE florece de en una etapa en la cual la medicina, principalmente la psiquiatría, se dedicaba al estudio de los trastornos del aprendizaje, afirmando categóricamente como enfermedades mentales, resultado del mismo sujeto y no del entorno que lo rodeaba: sin embargo expresan algunos investigadores del tema que posiciones más progresistas sobre la labor con NEE acotaban que estos alumnos tenían condiciones para ser integrados al aula regular siempre y cuando la institución educativa dispusiera de lo que se conoce como aula de apoyo, considerándose estas como un espacio dentro de la institución que le diera atención especializada a este alumnado: es lo que por varias décadas se ha denominado integración.
En el año 1974 comenzó a gestarse el cambio hacia la educación inclusiva; cuando ordenado y orientado por el del Departamento de Educación y Ciencias del Reino Unido es creado el Comité de Investigación sobre la Educación de Niñas y Jóvenes Deficientes; posteriormente es publicado el Informe Warnock (Echeita, 2007), donde hace de la terminología algo que se extendería a todos los alumnas y no solo a aquellos que presentaban algún tipo de discapacidad, es desde este importante momento que se ha luchado porque las NEE sean entendidas como cualquier tipo de necesidad de condición educativa natural y particular de cada individuo que pueda tener a lo largo de su vida escolar¸ aunque lamentablemente el impacto del enfoque de dicho informe fue diluido y no fue redimensionada hasta los años 80 que el trabajo con las NEE comenzó a dar las señales de cambio (Donoso Figuereido, 2013)
Investigadores en la materia llegan a expresar que en los comienzos de los años 90 es que se llega a la concreción en el contexto internacional el movimiento educativo inclusivo; el mismo fue liderado no solo por los profesionales del campo, sino también por los padres de familia que exploraban una educación diferente para sus hijas y así por los propios sujetos con discapacidades con exigencias a un mejor trato. En 1994 en la Declaración de Salamanca y defendido por la UNESCO, se identifica como el punto cumbre de la historia de la educación inclusiva; acontecimiento que marcó el cambio en el enfoque de la educación; donde con la participación de representantes de varios países llegan a tomar acuerdos de los principios de una educación de una suficiente calidad para todos en defensa de los niñas y abandonando cualquier idea de exclusión (Consejo Nacional para el desarrollo y la inclusión de las personas con Discapacidad. México., 2015)
Definición de Educación inclusiva
Realizada algunas revisiones de expertos, se tuvieron en cuenta múltiples definiciones con la experiencia positiva de entre ellas mantener la esencia de Mel Ainscow, Gerardo Echeita, Tony Booth, Len Barton. Donoso en su decisión como, Cito (…), una educación entendida como un proceso de cambio social en el que se tenga en consideración a todos los participantes del proceso educativo, valorando sus características particulares; basada en la equidad y la calidez; en evitar la exclusión borrando las barreras de acceso a la educación y atendiendo a todos los niños y niñas, prestando especial atención a aquellos en riesgo de exclusión social (Consejo Nacional para el desarrollo y la inclusión de las personas con Discapacidad. México., 2015)
Mencionamos atendiendo a (Cito…) Montánchez Torres; el concepto de inclusión educativa depende de dos grandes ámbitos, en los que deben adoptarse cambios de actitudes personales y sociales; El primero es la sociedad en general, que debe aspirar a la integración de la diversidad y reconocer el derecho de todos los seres humanos a disfrutar de las mejores oportunidades para su desarrollo; El segundo, sin duda, es la escuela (las instituciones educativas), donde se debe apostar de forma clara e indudable acerca del respeto e integración de la diversidad funcional y cultural (Donoso Figuereido, 2013)
Desde el punto de vista social es claro que las declaraciones de derechos humanos declarados en 1948, van impactando lentamente para que llegue a producirse la inclusión de cualquier tipo. En cuanto a las escuelas, como escenario donde se vivencian las posibilidades de crear oportunidades de igualdad, la problemática se centra en mayor medida en actuaciones dirigidas al desarrollo de actitudes en el profesorado y las familias favorables hacia la inclusión (Montánchez Torres, Jornet Meliá, & Perales Montolío, 2017)
En este aspecto, una de las acciones que estableció la UNESCO en la Declaración de Salamanca es que, Cito (…), las escuelas deben acoger a todos los niños, independientemente de sus condiciones físicas, intelectuales, sociales, emocionales, lingüísticas u otras. Deben acoger a niños discapacitados y niños bien dotados, a niños que viven en la calle y que trabajan, niños de poblaciones remotas o nómadas, niños de minorías lingüísticas, étnicas o culturales y niños de otros grupos o zonas desfavorecidos o marginados. Todas estas condiciones plantean una serie de retos para los sistemas escolares,… Muchos niños experimentan dificultades de aprendizaje y tienen por lo tanto necesidades educativas especiales en algún momento de su escolarización. Las escuelas tienen que encontrar la manera de educar con éxito a todos los niños, incluidos aquellos con discapacidades graves… El mérito de estas escuelas no es sólo que sean capaces de dar una educación de calidad a todos los niños; con su creación se da un paso muy importante para intentar cambiar las actitudes de discriminación, crear comunidades que acojan a todos y sociedades integradoras.” (1994) (Consejo Nacional para el desarrollo y la inclusión de las personas con Discapacidad. Mexico., 2015)
Declaraciones y Congresos internacionales sobre Educación y Educación inclusiva
Las intenciones internacionales que relacionadas con el tema que nos ocupa, comienza con la Declaración Universal de los Derechos Humanos emitida en 1948, en su artículo 23 expresa que: Cito (…), “Toda persona tiene derecho a la educación”.
En 1959 La Organización de Naciones Unidas (ONU) declara la Declaración de los Derechos del Niño, que en su principio 7 expresaba: Cito (…) que “El niño tiene el derecho a recibir educación, que será gratuita y obligatoria por los menos en las etapas elementales (…) en igualdad de condiciones” (Donoso Figuereido, 2013).
La Convención contra la Discriminación en Educación celebrada en el año 1960, fue el punto de partida a nivel mundial para reafirmar la Declaración Universal de Derechos Humanos, expresando que la exclusión en la esfera educativa viola la mencionada declaración. Son varios de sus artículos que hacen referencia a esta cuestión, por ejemplo, en el artículo 3 acápite b), dice: Cito (…), “Adoptar las medidas necesarias, inclusive disposiciones legislativas, para que no se haga discriminación alguna en la admisión de los alumnos en los establecimientos de enseñanza”
El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966), es un tratado multilateral que reconoce los mencionados derechos, instaurándose mecanismos para su protección y garantía. Aclaramos que en la Declaración Universal de los Derechos Humanos no existe un factor vinculante a los estados, fue en este pacto cuando los Estados asumieron un carácter obligatorio al cumplimiento, ejemplificando, se enuncia que, Cito (…), “la educación debe orientarse hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de su dignidad, y debe fortalecer el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales” y prescribe en cada nivel de educación sus obligaciones.
El Pacto Internacional de Derechos civiles y políticos (1966) declaró en su artículo 18, Cito (…), “respetar la libertad de padres y, en su caso, de los tutores legales, para garantizar que los hijos reciban la educación religiosa y moral de acuerdo con sus propias convicciones” (ONU).
La Convención de los Derechos del Niño (1989) en sus artículos 28 y 29 expresa, Cito (…) “Los Estados Parte reconocen el derecho del niño a la educación y, a fin de que se pueda ejercer progresivamente y en condiciones de igualdad de oportunidades”
La Declaración de Nueva Delhi (1993) con su compromiso con la educación, en su punto octavo hace referencia a, Cito (…) “Un compromiso compartido de garantizar a cada niño una plaza en las escuelas primarias o en los programas de educación básica correspondientes; a determinación de mejorar y ampliar los programas de alfabetización y de educación de adultos tanto con fondos públicos como privados; la insistencia en superar las desigualdades de acceso a la educación básica basadas, sobre todo, en el sexo pero también en otros factores socioeconómicos”
De la década de los años 90 del siglo XX, merecen destacarse: la "Declaración Mundial sobre Educación para Todos" (1990); el "Informe a la UNESCO de la Comisión Internacional sobre la Educación para el Siglo XXI" (1996), presidida por Jackes Delors que permitió visualizar los cuatro pilares de la educación y; "La Educación Superior en el siglo XXI: Visión y acción"(1998).
Del nuevo siglo han sido trascendentes: "Educación para Todos: cumplir nuestros compromisos comunes" (2000); el "Proyecto Regional de Educación para América Latina y el Caribe (2002-2017)", (2002); "La Nueva Dinámica de la Educación Superior y la búsqueda del cambio social y el Desarrollo" (P2009); Metas Educativas 2021. Este documento de la Organización de los Estados Iberoamericanos (OEI), también aboga por las acciones antes referidas, que, debido al carácter jurídicamente vinculante de muchos de los pactos, se ha logrado situar la educación como un derecho no menos importante que los civiles y políticos.
La Educación que queremos para la Generación de los Bicentenarios (OEI, CEPAL y SEGIB, 2010); "Declaración de Veracruz: Educación, innovación y cultura en un mundo en transformación" del año 2014; Declaración de Incheon en República de Corea, año 2015 y; la "Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible" (ONU-CEPAL, 2016); todas con el mismo objetivo (Estrella Acencio, Valiente Sandó, Triviño Bloisse, & Gutiérrez Cruz, 2017), (Morales Sandoval & Sandoval Sánchez, 2017) , (Dueñas Buey, 2010).
Adentrándonos en el tema de escuela inclusiva existen varias declaraciones internacionales que abogan por ella, así tenemos: la Declaración y Plan de Acción Integrado sobre la Educación para la Paz, los Derechos Humanos y Democracia de 1995, la Declaración de Hamburgo (1997) y la Declaración de Beijing de los países del Grupo E-9 en el año 2001, elaboradas en el seno de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
En la Convención de los Derechos del Niño aparece el concepto de inclusión en el año 1989, pero el fundamento legal de la atención a la diversidad y la educación inclusiva, fue en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en el año 2006, haciéndose alusión por vez primera al término “discapacidad”.
El documento “Compendio mundial de la educación” (UNESCO, 2012), se indica que a nivel mundial la situación de la educación no es alentadora y expone, Cito (…), que “Alrededor de 40 de los 115 millones de niños y niñas que están fuera de la escuela en el mundo tengan alguna discapacidad. Y que solamente el 2% de los niños y niñas en esta situación consiguen concluir sus estudios” (Castro Villalobos, Casar Espino, & García Martínez, 2019)
La Declaración de Incheon (2015), aprobada en el Foro Mundial sobre la Educación 2015, que dio continuidad a los de Joteen (1990) y Dakar (2000), al proponer las prioridades hacia las que ha de encaminarse la educación de cara al 2030, señala: "Centraremos nuestros esfuerzos en el acceso, la equidad, la inclusión, la calidad y los resultados del aprendizaje, dentro de un enfoque del aprendizaje a lo largo de toda la vida" (Foro Mundial sobre la Educación, 2015, pág. 7).
De otra parte, la Agenda 2030, en su Objetivo 4 "Educación de calidad" (que se desdobla en siete metas) plantea: "Garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje durante toda la vida para todos" (CEPAL, 2016, pág.15).
A continuación, resumimos estas declaraciones o convenios internacionales y sus objetivos.
Tabla 2
Declaración. Pacto o Convención |
Año |
Objetivo |
Declaración de los Derechos Humanos |
1948 |
Garantizar derecho a la educación como derecho fundamental |
Declaración de los Derechos del niño |
1959 |
Derecho de los niños a recibir educación obligatoria y gratuita en igualdad de condiciones |
La Convención con la no Discriminación en Educación |
1960 |
Reafirmar la Declaración de los Derechos Humanos indicando la no exclusión |
Pacto internacional de derechos Económicos, sociales y culturales |
1966 |
Reconoce el derecho a la educación desde los derechos mencionados e instaura mecanismos de protección y garantía. |
Pacto internacional de Derechos civiles y políticos |
1966 |
Relación educación, cultura y la sociedad |
Derechos del niño |
1989 |
Derecho del niño a la educación |
Declaración de Nueva Delhi |
1993 |
Compromiso por derecho a la educación |
Declaración y Plan de Acción Integrado sobre la Educación para la Paz, los Derechos Humanos y Democracia |
1995 |
Respeto derechos educativos de las minorías |
Declaración Hamburgo |
1997 |
Respeto derechos educativos de las minorías (educación de adultos) |
Declaración de Beijing Grupo E-9 |
2001 |
Respeto derechos educativos de las minorías) mujeres) |
Convención de los derechos de las personas con Discapacidad |
2006 |
Derecho educación para las personas con discapacidad |
Elaborado y tomado de (Montánchez Torres, Jornet Meliá, & Perales Montolío, 2017)
Políticas gubernamentales sobre la educación inclusiva en Iberoamérica y el Caribe
América Latina y el Caribe se caracterizan por ser la región del mundo más inequitativa y por poseer sociedades altamente segmentadas, lo que afecta la educación de la población, su integración y cohesión social. Ampliar las oportunidades de todos para acceder a una educación de calidad y desarrollar escuelas más inclusivas, que eduquen en y para la diversidad, se destacan como dos estrategias potentes para avanzar hacia sociedades más justas y democráticas en América Latina (Castro Villalobos, Casar Espino, & García Martínez, 2019)
En el marco de las políticas públicas en educación se observa la necesidad de adaptar la educación superior a grupos tradicionalmente excluidos de ella: personas en situación de pobreza, indígenas, desplazados, personas con discapacidad (PcD), etc. Igualmente, la inclusión educativa de las personas con discapacidad ha alcanzado consenso internacional a partir de la promulgación por la Organización de Naciones Unidas-ONU, de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad emitida en 2006 (Blanco Guijarro & Duk Homad, 2011), (Fajardo, 2017), (Tome Fernandez & Manzano Garcia, 2016), (Gómez, 2016)
Las políticas públicas relacionadas con la inclusión educativa se han desarrollado en Iberoamérica y América Latina y el Caribe a pasos agigantados. En este marco contextual, es necesario reconocer los esfuerzos que en este ámbito de orden Nacional y Sectorial (Ministerios de Educación) se han adelantado en algunos países Iberoamericanos. Veremos algunos países:
México. La Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior- (ANUIES) y la Secretaría de Educación Pública de México (SEP) (2004) muestran que en México, es a partir de 1995 que se da inicio al "Programa Nacional para el Bienestar y la incorporación al desarrollo de las personas con discapacidad" Posteriormente, el 30 de Mayo de 2011 se expide la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, cuyo objeto es reglamentar lo conducente al Artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, estableciendo las condiciones en las que el Estado deberá promover, proteger y asegurar el pleno ejercicio de los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad, asegurando su plena inclusión a la sociedad en un marco de respeto, igualdad y equiparación de oportunidades (Castro Villalobos, Casar Espino, & García Martínez, 2019).
Ecuador. El 10 de agosto de 1992 se publica Ley sobre discapacidades, que determina las obligaciones de las instituciones y organismos para propiciar la inclusión educativa y social. Posteriormente, en la nueva redacción de la constitución del país aprobada en el año 2008, queda reflejado en su sección sexta dedicada a personas con discapacidad, artículo 47. Recientemente, el Ministerio de Educación de Ecuador mediante el Acuerdo No. 0295-13 del 15 de agosto de 2013, expide la normativa referente a la atención de estudiantes con necesidades educativas especiales en establecimientos de educación ordinaria o en instituciones educativas especializadas.
Colombia. Se presenta una propuesta de lineamientos de política para la atención educativa de poblaciones en situación de discapacidad en las instituciones de educación superior de este país la cual se construyó en el marco del Observatorio de Discapacidad de la Maestría en Discapacidad e Inclusión Social de la Universidad Nacional de Colombia. Para su realización se contó con el apoyo de la Vicepresidencia de la República, Programa de Discapacidad y Derechos Humanos y del Ministerio de Educación Nacional, Subdirección de Poblaciones. Se presentan los antecedentes a nivel legislativo y de política pública, un marco conceptual sobre educación inclusiva, principios orientadores referidos a la igualdad de oportunidades y flexibilidad curricular; igualmente muestra el contexto de construcción de los lineamientos, las líneas de intervención propuestas a las instituciones de educación superior para generar planes, programas y proyectos para avanzar hacia Educación superior inclusiva, enfocadas a cinco áreas de intervención: formación y capacitación, construcción de tejido social, eliminación de barreras, adaptaciones tecnológicas y adaptaciones curriculares y finalmente, se establecen condiciones y acciones.
Brasil. Avanza un estudio comparado con relación a las políticas de acción afirmativa en la educación superior, que redundan en un mayor acceso y/o retención de sectores tradicionalmente excluidos o relegados. El mismo concluye que es posible distinguir dos grandes grupos de políticas: el primer grupo, las políticas mayoritarias están representadas, por ejemplo, en becas de ayuda económica, las cuales combinan como requisitos de otorgamiento un buen rendimiento académico sumado a la necesidad económica; este tipo de políticas es común en países como Chile o Argentina y un segundo grupo de políticas centradas en la atención a la diversidad, se evidencia en países como Brasil, Colombia o México.
Chile. La promulgación en 2010 de la Ley 20422 sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de las Personas con discapacidad, reconociendo que en los últimos veinte años se ha producido un aumento de estudiantes universitarios con discapacidad.
Argentina. En Mar del Plata, Argentina se crea en septiembre de 1994 la Comisión Provisoria Interuniversitaria de Discapacidad, que nucleó algunas Universidades Públicas del país. La creación de esta Comisión gestada con el fin de lograr la plena inclusión en el sistema universitario basada en la promulgación de la Ley Nacional de Educación (Ley 26.206) que desarrolla las políticas correspondientes para garantizar trayectorias educativas integrales de las alumnas con discapacidad (Borges Rodríguez & Orosco Delgado, 2012)ª. En el año 2007 obtiene su pleno reconocimiento ante el Consejo Interuniversitario Nacional a través del Programa Integral de Accesibilidad en las Universidades Públicas (Resolución 426/07). La comisión en 2015 contaba con la participación de 30 universidades públicas, y en el año 2017 con la participación de más de 40 universidades. La comisión se ha constituido como actor social de las Políticas Públicas de Educación Superior con miras a garantizar el cumplimiento de los derechos de las personas con discapacidad; impulsar la construcción de un espacio político; generar estrategias que permitan el cumplimiento de los derechos de las personas en situación de discapacidad; y contribuir a la conformación de Universidades accesibles y no excluyentes proyectando las Políticas Nacionales en articulación con el Ministerio de Educación de Argentina.
Perú. Señala que los centros de formación superior juegan un rol fundamental en la protección de las personas con discapacidad a través de un cambio estructural del modelo educativo, que se adhiere al modelo de inclusión cuya fundamentación es el modelo social. Esto implica la superación de una serie de barreras en materia de acceso y permanencia El objetivo planteado es identificar los estándares que debe cumplir toda institución de educación superior en esta materia con respecto a todos los miembros de la comunidad académica: docentes, estudiantes y trabajadores.
España. Se ha configurado el Observatorio Universidad y Discapacidad que tiene la misión de estudiar y analizar lo relativo a la discapacidad, la accesibilidad universal, el diseño para todos y la educación inclusiva en las universidades españolas, este “Observatorio Universidad y Discapacidad” fue creado en 2008 por la Fundación ONCE (2014) para la cooperación e integración social de las personas con discapacidad.
Cuba. La Constitución de la República de Cuba en sus capítulos del IV al VI establece la responsabilidad de la familia con la educación de sus hijos, la cual descansa en igualdad absoluta de deberes y derechos de los padres; reconoce la igualdad de derecho de todos sus hijos a recibir una educación gratuita y una formación integral como ciudadanos útiles. El sistema se estructura en subsistemas que se integran, relacionan e interactúan, bajo una dirección que mantiene la unidad sobre la base de los sólidos principios que la sustentan; entre estos subsistemas se encuentra la Educación especial que se encarga de lograr el desarrollo psíquico adecuado y la preparación escolar y laboral de los niños, adolescentes y jóvenes que presenten discapacidades (Borges Rodríguez & Orosco Delgado, 2012) Todos los subsistemas que lo integran garantizan la igualdad de oportunidades para los estudiantes a la continuidad de estudios en los diferentes niveles, independientemente de los contextos urbano y rural en que se desarrolle su formación (Blanco Guijarro & Duk Homad, 2011), (Fajardo, 2017), (Tome Fernandez & Manzano Garcia, 2016), (Gómez, 2016)
Por último y no menos importante se encuentra la Creación de redes, observatorios e instancias orientadoras de este proceso. La red tiene como propósito trabajar colaborativamente, aportar conocimientos y experiencias que contribuyan al proceso de inclusión de las personas con discapacidad a las instituciones de educación superior, sobre esta base propende por el cumplimiento del derecho a la educación superior en la perspectiva de potenciar el desarrollo a escala humana por medio de asesorías técnicas, investigación y gestión social.
Consideraciones finales
Con este trabajo se ha realizado una revisión de los orígenes de la educación inclusiva que resumiendo lo expresado por diversos y prestigiosos especialistas del tema que no es más que ofrecerles a los estudiantes discapacitados en cualquiera de los sentidos del organismo humano, incluyendo la cognoscitiva, la posibilidad real de acceder a la enseñanza de la misma forma que el resto de la comunidad. Partiendo de las diferentes declaraciones y legislaciones de diversos países de Latinoamérica se hace necesario su cumplimiento por los Estados miembros de la ONU.
Referencias
1. Blanco Guijarro, R., & Duk Homad, C. (2011). Educación inclusiva en América Latina y el Caribe. Aula 17, 37-55. Obtenido de http://revistas.usal.es/index.php/0214-3402/article/view/8394/9104
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